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Fallecimientos que necesiten Levantamiento Judicial

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Según la Orden de 11 de Julio de 2003, por la que se desarrollan determinados aspectos del funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma Andaluza.

...Dispongo: Artículo 1. Organización de los Institutos de Medicina Legal.

Los Institutos de Medicina Legal llevaran a cabo, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente Orden, las siguientes funciones:

  1. Patología Forense. Se prestarán de acuerdo con las instalaciones y medios disponibles, en los lugares señalados en el Mapa de Autopsias de cada provincia que se recogen en el apartado 4) artículo 3. Que dice.....
    g) Provincia de Málaga: Se centralizarán para toda la provincia en las instalaciones existentes en Málaga, en el Cementerio Municipal Parcemasa..."

Y según la resolución de 11 de julio de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se dictan instrucciones del Servicio de Guardia de los Médicos Forenses de los Institutos de Medicina Legal de la Comunidad Autónoma Andaluza.

... Séptimo. Régimen transitorio...

2. En la medida que entren en funcionamiento los distintos Institutos, hasta tanto se aprueben los correspondientes Planes Anuales, con carácter transitorio, los servicios de guardia a realizar serán:

Málaga:
Área Central: 3 Médicos Forenses de guardia 24 horas diarias y dos Médicos Forenses de guardia semanal de permanencia y disponibilidad, uno de los cuales estará adscrito al servicio de Patología.

Área Oeste: (ubicada en Marbella, bajos del Palacio de Justicia): Dos Médicos Forenses de guardia semanal de permanencia y disponibilidad. Dado el reducido número de funcionarios en esta Área comarcal, la cuarta parte de los servicios de guardia podrán ser desempeñados por los funcionarios del Área Central..."

Por lo cual, todos los fallecidos que necesiten la intervención del Juez, para el levantamiento del cadáver, así como la realización de la correspondiente autopsia, serán trasladados a Málaga - para la misma - por la empresa FUNESPAÑA, adjudicataria para el año 2004 de los servicios, una vez sea autorizado por el Médico Forense de la Subdelegación Comarcal de Marbella.

Una vez terminados todos los trámites en los servicios de Patología Forense (en Málaga) y previa autorización del Sr. Juez, el cadáver será devuelto a su lugar de origen (si así lo desean los familiares), por la misma Empresa, sin coste alguno para los familiares del finado.

En el supuesto de que el fallecido no estuviera asegurado, podrán solicitar los servicios de cualquier empresa Funeraria que deseen, previa presentación de los correspondientes presupuestos por la Funeraria, para que se haga cargo del cadáver desde el lugar del fallecimiento (y no desde Málaga, que corresponde a la empresa adjudicataria del servicio, sin coste alguno para los familiares del fallecido) para recibir todos los servicios que quieran contratar, e inhumarlo o incinerarlo donde los familiares decidan.